KONEKTA ZAITEZ MICROEMPRESAS



 

OBJETIVOS: El objeto del programa Konekta Zaitez Microempresas es contribuir al desarrollo de la Sociedad de Información en Euskadi, facilitando a las empresas de menos de 10 trabajadores, el acceso a Internet y al uso del correo electrónico así como la disposición de página web, mediante una actuación que haga asequible la adquisición de ordenadores conectados a Internet así como la disposición de página web y de correo electrónico.

DESTINATARIOS/AS:

Podrán ser beneficiarias las personas físicas y jurídicas que realicen actividad económica y que además, cumplan los siguientes requisitos:
+ Que tengan su domicilio social en la CAPV o que al menos un centro de actividad esté ubicado en la CAPV.
+ Que en el momento de la presentación de la Solicitud de ayuda tenga menos de 10 empleados.
+ Que destinen el o los equipos informáticos adquiridos para uso en la empresa beneficiaria dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
+ Que acrediten mediante contrato haber tramitado su alta en Internet y cuenta de correo electrónico todo ello antes de la presentación de la solicitud de ayuda y dentro del ejercicio en que se pretende la solicitud, comprometiéndose a mantenerlo durante al menos 6 meses.
+ Que tenga su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, así como para con cualquiera de las sociedades del grupo SPRI.
+ Que se encuentren dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.

DOTACIÓN ECONÓMICA:

+ Una subvención de 250 euros a la compra de cada ordenador nuevo que se ajuste a las características técnicas especificadas en el Artº 5 y que hayan sido adquiridos el año en que se presentó la solicitud de Ayudas. Cada empresa beneficiaria solamente se podrá acoger una vez al programa KZ MICROEMPRESAS durante todo el periodo de vigencia del mismo, pudiendo adquirir un máximo de 2 ordenadores bajo este programa. En todos los casos la factura de adquisición de los equipos deberá detallar los componentes básicos del equipo así como acreditar la adquisición de la licencia de un Sistema Operativo.

+ Una subvención del 50% del importe de los gastos de alta en el proveedor de acceso a Internet así como de las cuotas de conexión a Internet de los ordenadores objeto de subvención durante los primeros meses y con un máximo de 200 euros de subvención por estos conceptos.

+ Una subvención del 50% de los gastos de desarrollo de la página web de la empresa (realizados por entidades o empresas especializadas que no tengan vinculación vía acciones o participaciones con la empresa solicitante, así como los gastos de registro del dominio de la empresa, con un máximo de 500 euros de subvención por estos conceptos.

Solamente se admitirán facturas cuya fecha esté dentro del año en que se presenta la solicitud de ayuda.

La subvención máxima concedida a cada empresa en este programa durante toda la vigencia del mismo será de 1.200 euros, distribuidos de las siguientes formas:

A) 500 euros para la adquisición de ordenadores conectados a Internet.
B) 200 euros para los gastos de conexión a Internet de los ordenadores objetos de subvención.
C) 500 euros para los gastos de desarrollo de la página web de la empresa.