![]()
![]()
Real Decreto 1426/2002, de 27 de Diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2003.
Artículo
1º.- El salario mínimo interprofesional queda establecido
en:
·
15,04 euros diarios
· 451,20 euros mensuales.
En el salario mínimo se computan tanto la retribución en
dinero como en especie. Este salario se entiende referido a la jornada
legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario
diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase
jornada inferior, se percibirá a prorrata.
DECRETO FORAL 226/2002, de 23 de diciembre, por el que se modifica
el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
y del Impuesto sobre Sociedades, en materia de retenciones e ingresos
a cuenta:
1º.- No existirá obligación de practicar retención o ingreso a cuenta sobre las ganancias patrimoniales derivadas del reembolso o transmisión de participaciones o acciones en instituciones de inversión colectiva, cuando el importe obtenido se destine a la adquisición o suscripción de otras acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva.
2º.- La retención a practicar sobre los rendimientos del capital mobiliario será el resultado de aplicar a la base de retención el porcentaje del 15 por 100.
3º.- Cuando los rendimientos sean contraprestación de una actividad profesional se aplicará el tipo de retención del 15 por 100 sobre los ingresos íntegros satisfechos.
No obstante, en el caso de contribuyentes que inicien el ejercicio de actividades profesionales, el tipo de retención será del 7 por 100, en el periodo impositivo de inicio de actividades y en los dos siguientes, siempre y cuando no hubieran ejercido ninguna actividad profesional en el año anterior a la fecha de inicio de las actividades.
4º.- La retención a practicar sobre las ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva, será el resultado de aplicar a la base de retención el porcentaje del 15 por 100.